miércoles, 14 de enero de 2015

Caso Afinsa: "Prueba Indiciaria y Presunción de Inocencia en el Proceso Penal" - Opinión.

Algunas de las perlas con las que nos obsequia el último auto de la Audiencia Nacional, (enlace), dan que pensar.

Así, cuando sus señorías dicen, por ejemplo que (...) la Sala ha de afirmar, ante todo, la imposibilidad o extrema dificultad de contrarrestar con los elementos impugnatorios (...), una servidora inmediatamente se va por los senderos de la semántica y piensa: ¡caramba! imposibilidad, (algo de todo punto im-posible, que diría Jesulín, en dos palabras),  es una cosa;  extrema dificultad es otra muy diferente. Im-posible es lo que absolutamente NO puede ser;  extremadamente difícil es aquello que SI puede ser, pero que para que se constituya como algo cierto,  requiere de esfuerzo, trabajo, aplicación, elaboración...,  de manera que lo de poder "contrarrestar con los elementos impugnatorios" parece que no se lo han trabajado demasiado a fondo sus señorías (seguramente los pretendidos refuerzos asignados por el Gobierno del Partido Popular (facebook de los plumillas de Rajoy dixit),  no han estado lo suficientemente "finos ni currantes", a la hora de echar una mano a los jueces de Sala).

Y cuando sigues leyendo y te encuentras con que (...) no advertimos la existencia de elementos de contra-enjundia bastante de los  aducidos por los recurrentes que apunten a un error de apreciación por parte del instructor (...), pues también una reflexiona y se pregunta: ¿error de apreciación? ¿pero es que llevar a juicio a una persona depende no tanto de las PRUEBAS CONTUNDENTES QUE EXISTAN SOBRE EL PRESUNTO DELITO, sino de la "apreciación y observación"  que del asunto tenga el togado de turno? ¡¡Pues vaya tela marinera!! 

Y, en llegando al asunto de que "no advertimos la existencia de  elementos de contra-enjundia bastante de los aducidos por los recurrentes", es cuando una servidora ya se pierde, porque vamos a ver: el vocablo "enjundia", además de referirse a la gordura que las aves tienen en la overa; por ejemplo de la gallina, la pava, etc., y al unto o gordura de cualquier animal, se refiere igualmente a la parte más sustanciosa e importante de algo no material (por ejemplo, la enjundia de un discurso); también es sinónimo de fuerza, vigor y arrestos y define igualmente la constitución o cualidad connatural de una persona, de manera que el hecho de que sus señorías parezcan no advertir fuerza, arrestos suficientes ni contra-enjundia bastante en el escrito de alegaciones, nos lleva de nuevo a plantearnos si el éxito o el fracaso de una defensa jurídica no se basa tanto en los hechos reales, como se basaría en las "apreciaciones" (en el caso que nos ocupa, relativas a la fuerza, los arrestos y el valor"), que sus señorías "perciban" en la redacción de los escritos presentados. Pues vaya. 

Por último, y para no cansaros, porque el escrito que inserto a continuación tiene 517 páginas (recomiendo su lectura de la primera a la última, para estar informados y no decir - ni creer- tonterías), la guinda del pastel. 

Cuando sus señorías resumen y dicen: (...) en suma, aún admitiendo la Sala la endeblez de algunos indicios en que se sustenta la imputación de determinados recurrentes -endebles-pero indicios- (...), si seguimos nuestro recorrido por los territorios de la semántica,y tenemos en cuenta que endeble significa, según el Diccionario de la RAE, bil, flojo, de resistencia insuficiente, y que indicio, según el mismo Diccionario, se aplica al referirse a la "cantidad pequeñísima de algo, que no acaba de manifestarse como mensurable o significativa", una siente que algo falla; que sus señorías están actuando con una doble vara de medir y de apreciar: por una parte, no admiten el escrito de los demandados por falta de enjundia (es decir; de fuerza, valor, arrestos y sustancia), pero SI les llevan a juicio apoyándose en la "debilidad y la cantidad pequeñísima de algo que no acaba de manifestarse mensurable o significativamente") ¡¡Toma ya!!

A mi corto entender, yo siempre he creído que, para llevar a alguien ante un Tribunal de Justicia, en Sala de Juicio, hay que tener pruebas  sólidas, evidentes, contundentes e irrefutables que, no dejen lugar a duda alguna sobre los delitos que se les imputan a los acusados; es decir: que existan pruebas de su culpabilidad, más allá de toda duda razonable; de otro modo, quedaría claro el principio jurídico in dubio, pro reo, o lo que es lo mismo: ante la duda, siempre a favor del acusado, pero está visto que una no termina de aprender. 

Dios nos pille confesados si nos vemos en una situación en la que el futuro de nuestras vidas dependa de las percepciones de los togados y del uso y el manejo retorcido de la semántica y del léxico jurídico, que sirve para rellenar folios y folios mas hueros que un huevo huero, pero que, sin embargo, en función de quién instruya y/o juzgue el caso, pueden llegar, finalmente, a arruinarle a un@ la vida.

Afortunadamente, frente a las divagaciones, percepciones, apreciaciones, y demás "ones", tenemos otros escritos que son la repera de claritos y contundentes a la hora de mostrarnos los derechos constitucionales de las personas, ante los Tribunales de Justicia. Y es que,  en cuestiones relativas al ámbito jurídico, existe una diferencia abismal entre " mostrar algo" y "tener que demostrar algo"

Aquí os dejo uno de esos textos. (Gracias JuanPe, por pasármelo). ¡¡Leedlo, no seáis perezosos!!

Feliz día para tod@s. 
Mila.




4 comentarios:

  1. Quién tiene la verdad no teme a nadie. La instrucción todos sabemos quien la ha llevado (Garzón y Pedraz), y estos dos jueces destacan entre otras cosas por sus malas instrucciones. Creo que la sentencia la dictan tres jueces ¡Juicio ya!.
    Imputar a alguien es muy fácil, sentenciar (in dubio, pro reo) es distinto. ESTOY TALMENTE CONVENCIDO DE LA INOCENCIA DE LOS DIRECTIVOS DE AFINSA..

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  2. Y yo, pero para cuando?

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  3. Esto es la historia interminable que nunca va a llegar a su fin, lamentable y triste para nosotros,que solo queriamos ahorrar para un futuro mejor.

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  4. Estos a sido el engaño mas grande de españa de toda vida lo que ahi que hacer este año que es de eleciones no votarle al señor rajoy porque lo que prometio en las ultimas eleciones no a hecho nada por los afectado de afinsa y forun fitaletico

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